Juan Carlos Pratesi

 

El derecho de huelga concierne al trabajo (14 bis C.N. ),  a la relación frente al empleador, no a la política para confrontar al gobierno exigiendo políticas diferentes y afectando a la población y no al empleador.

Las así llamadas “organizaciones sociales, en realidad grupos anarco-revoltosos,  conducidas por seudo “referentes” o “dirigentes”, y compuestas por manadas que solo saben que van por pesos, paseo, planes o choripanes, como  se ha visto televisivamente al no saber responder en general porqué y para cuál reclamo  estaban allí, deben terminarse: no solo porque poco y nada logran, sino por sus daños , pues engarzados en la protesta no producen, perturban la producción, molestan a la población, ensucian y obligan a gastos ingentes en limpieza, reparaciones, y en personal de fuerzas de seguridad que quedan desafectadas de sus verdaderas funciones para controlar  manifestaciones innecesarias e indebidas, garantizar como se puede los derechos de terceros, y al final escoltar y resguardar a los propios manifestantes, con los que se “negocia” qué pueden cortar, cuantos o por donde pueden continuar, etc.

 

Nos dice la Constitucion que el pueblo no delibera ni gobierna sino por medio de sus representantes, que toda fuerza armada o reunión de personas que se atribuya los derechos del pueblo y peticione a nombre de éste comete delito de sedición (22 C.N).-

 

Este concepto no menciona necesariamente un  ejército, sino también a todo grupo irregular organizado provisto de piedras, botellas con nafta y garrotes u otros elementos de agresión, pues abarca a “cualquier reunión de personas” que se atribuya los derechos del pueblo…. etc.

 

 El derecho de protesta tan livianamente y hasta frívolamente admitido y reconocido desde la última década, no es asimilable al derecho a “peticionar a las autoridades” ni a ningún otro de los enunciados en el art. 14 C.N., y no admite la ocupación del espacio público en perjuicio de los derechos sí constitucionales a circular, trabajar y demás sí consagrados en la C.N..-

 

Es comprensible procurar resolver pacíficamente y sin daños personales (que posiblemente  sea lo que los “referentes” realmente desean para victimizarse), pero las prolongadas negociaciones con quienes cometen sedición para permitirla por carriles o por horarios o grupos es falta del gobierno en el ejercicio de la autoridad para la que es elegido como mandatario y en salvaguarda de todo el pueblo en general. Es que la fuerza pública, monopolio del Estado, le obliga a reprimir el delito y mantener el espacio público a disposición de todo el pueblo.-

 

Los daños causados a la producción y a los ciudadanos  próximos a los lugares habituales de manifestación por la privación de sus posibilidades son incalculables, y el paro nacional de hace unos días hoy (al que quedan forzados los muchos que desearían trabajar pero no pudieron  hacerlo por la falta de transportes, o por la fuerza ostentada por sus supuestos “dirigentes gremiales”) implica pérdida en la producción nacional calculada en $ 31.600.000,000,– (sí, treinta y un mil seiscientos millones..!!!) suma ingente que no nos podemos permitir perder sin justificación seria.-

Concretamente: 1) La huelga en los servicios públicos debiera estar prohibida, sin perjuicio del derecho a peticionar; 2) Los cortes, piquetes ,paros sorpresivos o manifestaciones que a diario tienen como rehén a la población, no son un derecho ni un mero desorden, sino delitos que deben terminar, si es necesario ejerciendo la fuerza pública, que para eso existe; 3) Los daños causados por  esos actos deben ser reparados por las “organizaciones” que los convocan; 4) Para garantizar el derecho a peticionar colectivamente (no de protesta) en el tono que quieran, el Estado debiera habilitar un predio fiscal amplio (hay muchos) delimitado, provisto de elementos de higiene, parrillas, escenario etc., en que pueden reunirse los peticionantes el tiempo que quieran y protestar lo que deseen, sin entorpecer los quehaceres de los que no participan. Obviamente la conservación, higiene y mantenimiento del lugar así como la seguridad del acto deben quedar a cargo de los organizadores, como si fuera un espectáculo deportivo en un estadio.-